Las Instituciones que deseen formar parte de Expania deberán enviar a la Secretaría de la Asociación una carta solicitando la adhesión acompañada de un documento que acredite que el Organo de Gobierno competente en cada caso ha acordado solicitar el ingreso de la Institución en la Asociación Expania, y el nombramiento de una persona como representante en la Asociación.
El Organo competente, en el caso de de las Universidades, normalmente es el Consejo rector o Consejo de Gobierno, en otras Instituciones, como Consorcios de Universidades, suele ser suficiente con la decisión del director del Consorcio. Esta certificación vendrá firmada, en el caso de un acuerdo de Organo Colegiado por el Secretario de dicho Organo, en el caso de un Organo unipersonal, la carta de la persona responsable será suficiente.
En cualquier caso, siempre es necesario que aparezca la designación de una persona como representante de la Institución en Expania (Nombre y DNI).
Estos requisitos vienen regulados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
La Secretaría de Expania acusará recibo de la documentación. De acuerdo con los estatutos de Expania, la admisión debe ser aceptada o rechazada por la Junta Directiva. El acuerdo de la Junta se comunicará a la Institución que solicita el ingreso.
De acuerdo con los estatutos (art. 27): "Podrá ser miembro de Expania cualquier Institución, Consorcio o Grupo de Instituciones, de carácter público o privado, que cumpla las siguientes condiciones:
Rubén Izquierdo (Secretaría de Expania)
Biblioteca Nacional de España
(Sala de Prensa y Revistas)
Pº de Recoletos 20-22. 28071 Madrid
Para cualquier aclaración sobre los trámites dirigirse a Rubén Izquierdo o Gaspar Omedo
La cuota anual es de 200 euros por Institución (Aprobada en la Asamblea de Expania celebrada el 16/06/09 en Pamplona)